jueves, 15 de marzo de 2012

15 de marzo: Día mundial de los derechos de los consumidores

El día 15 de marzo se conmemora el Día Mundial de los Derechos de los Consumidores, una efeméride que fue instaurada en 1983 por Naciones Unidas para recordar los derechos que tenemos todas las personas como usuarias y consumidoras.

Así que hoy que es el día, nos parece un buen momento refrescar nuestros derechos en materia de consumo y dar algunas claves sobre cómo podemos ejercerlos si creemos que nuestros intereses se han visto afectados.

Como consumidores y consumidoras tenemos derecho:

1. A la protección frente a las actuaciones que por acción u omisión ocasionen riesgos o daños que puedan afectar a tu salud, al medio ambiente, o a la seguridad de los consumidores en general. Los bienes y servicios destinados a los consumidores deben estar elaborados y ser suministrados o prestados de modo que no presenten riesgos inaceptables para la salud y la seguridad física. En caso contrario, deben ser retirados, suspendidos o inmovilizados por procedimientos eficaces.

2. A recibir una información veraz, suficiente, comprensible, inequívoca y racional sobre las operaciones ysobre los bienes y servicios que vayas a consumir. Recuerda que la oferta y publicidad de los productos no pueden inducir o generar engaño, que los precios y tarifas siempre deben quedar claros, que las condiciones de la compra o del contrato no pueden incluir cláusulas abusivas, y que deben entregarte una factura.

3. A presentar una queja en el caso de que consideres que la compra de un producto o la contratación de un servicio ha sido insatisfactorio. Con ella muestras tu desagrado ante la empresa pero no solicitas algo a cambio.

4. A presentar una reclamación si en la compra de un bien o producto o la contratación de un servicio crees que se han vulnerado tus derechos. Implica que pides una restitución, la prestación de un servicio, la reparación efectiva de los daños que se hayan producido, una indemnización, la rescisión del contrato o la nulidad de una deuda contraída.

5. A presentar una denuncia si quieres hacer llegar a la administración una posible infracción en materia de consumo, con el objetivo de defender los intereses generales, no individuales.

6. A ser indemnizado o a recibir una reparación efectiva de los daños y perjuicios que se hayan producido en los bienes consumidos o en los derechos vulnerados, siempre que no sean tu responsabilidad. Tanto la mediación como el sistema arbitral de consumo intentan la resolución voluntaria de los conflictos, aunque si finalmente no hay acuerdo puedes acudir a los tribunales de justicia.

7. A la educación y formación en relación con todas las materias que puedan afectarte como consumidor, especialmente en aquellas que te ayuden a ejercer un consumo libre, razonado, seguro y sostenible.

8. A participar individualmente o a través del movimiento asociativo, en la defensa de tus legítimos intereses, y a la representación en órganos públicos, mediante las organizaciones y asociaciones legalmente constituidas.

9. A recibir una especial protección en aquellas situaciones de inferioridad, subordinación o indefensión en que puedas encontrarte individual o colectivamente, por razón de edad, discapacidad, deficiencias de formación, desigualdad con las empresas, lugar de residencia o cualquier otra análoga.


Recuerda también los derechos de las personas que elaboran los artículos que tú compras :)

No hay comentarios:

Publicar un comentario